DGI que dividendos pagan tarifa de años anteriores a entrada en vigencia de tratado.

Fecha de noticia: 27-Noviembre-2014

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Por: Carlos Urbina

El día 29 de mayo de 2014, mediante nota 201-3938-2014 la DGI indica a un contribuyente que al pagar dividendos sólo se puede usar una tarifa de tratado si el dividendo tuvo origen en un año posterior a la entrada en vigencia del mismo.

Esta consulta fue dada por la DGI ante el requerimiento de un contribuyente que decía estar repartiendo un dividendo del año 2012. La institución indicó que el tratado comenzó a regir en 2013 por lo que no era aplicable su tarifa reducida de retención al repartir dividendos de años anteriores a ese.

La norma panameña obliga a identificar el "origen del dividendo" y por lo tanto la repartición debe ser atribuída por año fiscal y declararlo de esta forma en el formulario correspondiente.

El contribuyente preguntaba también sobre qué sanción se tiene si se incumple con la obligación de informar a la DGI el uso del tratado.

Ante esto la DGI le indica al contribuyente que no existe sanción en particular. Esta ha sido una pregunta recurrente ya que se dudaba si la institución toamaría como posición el no uso del tratado si no se comunicaba la intención de usarlo en los treinta días aludidos en el artículo 762-Ñ del Código Fiscal.

El tratado que pretendía aplicarse es el suscrito con Francia.

Esta consulta fue desclasificada el viernes 14 de noviembre de 2014 por el Director de Ingresos, Publio Cortés.

Vea consulta haciendo click aquí: vea consulta

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